Se han adoptado una serie de medidas a fin de proteger a las familias mas vulnerables, surgiendo muchas dudas al respecto de quienes pueden acogerse a la mismas y en que consisten tales beneficios.

Para saber si puedes acogerte a la moratoria de los alquileres, suspendiendo así sus pagos, mira si  cumples una serie de requisitos, entre ellos:

-Encontrarse en un supuesto de vulnerabilidad económica, tal como despido, ERTE, jornada reducida, que la unidad familiar no supere tres veces el IPREM, que su ingresos sean un 35% de sus gastos…etc.

– Que sea alquiler de vivienda habitual

-Que el propietario sea empresa pública o “un gran tenedor” ( dueños con mas de 10 inmuebles)

Si estas dentro de este grupo reúnete con tu arrendador y elije  en el plazo de una semana entre:

-Que te reduzcan  la renta a la mitad( máximo 4 meses)

-O que te concedan  un aplazamiento , con el mismo máximo.

También se han recogido otra serie de medidas como la prohibición de los desahucios o prorrogas extraordinarias para los contratos que finalicen durante el estado de alarma…

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