
Se han adoptado una serie de medidas a fin de proteger a las familias mas vulnerables, surgiendo muchas dudas al respecto de quienes pueden acogerse a la mismas y en que consisten tales beneficios.
Para saber si puedes acogerte a la moratoria de los alquileres, suspendiendo así sus pagos, mira si cumples una serie de requisitos, entre ellos:
-Encontrarse en un supuesto de vulnerabilidad económica, tal como despido, ERTE, jornada reducida, que la unidad familiar no supere tres veces el IPREM, que su ingresos sean un 35% de sus gastos…etc.
– Que sea alquiler de vivienda habitual
-Que el propietario sea empresa pública o “un gran tenedor” ( dueños con mas de 10 inmuebles)
Si estas dentro de este grupo reúnete con tu arrendador y elije en el plazo de una semana entre:
-Que te reduzcan la renta a la mitad( máximo 4 meses)
-O que te concedan un aplazamiento , con el mismo máximo.
También se han recogido otra serie de medidas como la prohibición de los desahucios o prorrogas extraordinarias para los contratos que finalicen durante el estado de alarma…